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ANPE EXIGE EL 100% DE LAS PAGAS EXTRAS PARA LOS DOCENTES MURCIANOS


05 Nov, 2025

ANPE EXIGE EL 100% DE LAS PAGAS EXTRAS PARA LOS DOCENTES MURCIANOS

Desde ANPE estamos llevando a cabo una campaña exigiendo al Gobierno Central y a todas las Comunidades Autónomas el cobro del 100% de las pagas extras de los meses de junio y diciembre para todos los docentes. A pesar de que el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) establece que las pagas extraordinarias deben equivaler a una mensualidad de retribuciones básicas y complementarias, esto continúa sin cumplirse y actualmente se mantiene el recorte de aproximadamente un tercio de su cuantía.

ANPE denuncia que esta merma en las pagas extra supone una pérdida anual mínima de más de 600 euros al profesorado adscrito al grupo A2 y de alrededor de 1000 euros al perteneciente al grupo A1, a lo que hay que sumar la parte correspondiente a los trienios. Para algunos docentes, esta medida ha supuesto una disminución en sus retribuciones de más de 15.000 euros en total en los catorce años que lleva aplicándose.

Para reforzar esta campaña, hemos elaborado un modelo de reclamación ante la Consejería de Educación de Murcia, aludiendo además a la reciente sentencia del Tribunal Supremo STS 2966/2025.

Es importante que todos los afiliados en activo y también los jubilados (estos últimos desde diciembre de 2021), cumplimenten y registren esta RECLAMACIÓN ante la Consejería de Educación por sede electrónica (procedimiento 2769, dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación. Personal docente) antes del 30 de noviembre de 2025. Una vez tramitada, remite el justificante de esta a ANPE (administracion@anpemurcia.es) para poder hacer el seguimiento y mantenerte informado de todo el proceso. ¡JUNTOS SUMAREMOS EL 100% DE LAS PAGAS EXTRAORDIANRIAS!

blush Modelo de Reclamación

 

ANPE A TU LADO

Reclamación de Pagas Extraordinarias

¿Quiénes Pueden Reclamar?

Podrán acogerse a este proceso de reclamación todos los funcionarios docentes y no docentes, tanto de carrera como interinos, afiliados a ANPE-FSES Murcia, que hayan prestado servicios en algún momento desde diciembre de 2021 hasta la actualidad. No importa la duración del servicio ni la jornada (completa o parcial): cualquier funcionario que haya estado en activo dentro de ese período tiene derecho a reclamar las diferencias en sus pagas extraordinarias.

En el caso de quienes se incorporaron al servicio público después de diciembre de 2021 (por ejemplo, nuevos funcionarios o interinos cuyos nombramientos comenzaron en 2022 o años posteriores), también podrán reclamar, pero únicamente por las pagas extraordinarias correspondientes a los periodos trabajados. Es decir, se reclamarán aquellas pagas extra devengadas desde la fecha de su incorporación en adelante. (Ejemplos: si empezó a trabajar en marzo de 2022, podrá reclamar la extra de junio 2022 en adelante; si inició servicio en 2023, reclamará desde las extras de ese año, etc.)

Fases del Procedimiento de Reclamación

El proceso para reclamar la inclusión de las retribuciones fijas en las pagas extraordinarias consta de varias etapas sucesivas. A continuación se detalla cada fase y las actuaciones correspondientes:

Fase 1: Reclamación Administrativa Inicial

En primer lugar, se interpondrá una reclamación administrativa inicial ante la Administración, solicitando que se reconozca el derecho a percibir en las pagas extraordinarias la totalidad de conceptos retributivos fijos y periódicos. ANPE-FSES Murcia pondrá a disposición de sus afiliados el modelo de escrito para esta reclamación inicial, que podrá presentarse preferentemente a través de la Sede Electrónica de la CARM (procedimiento 2769, dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación. Personal docente) antes del 30 de noviembre de 2025. Una vez tramitada, remite el justificante de esta a ANPE (administracion@anpemurcia.es) para poder hacer el seguimiento y mantenerte informado de todo el proceso. ¡JUNTOS SUMAREMOS EL 100% DE LAS PAGAS EXTRAORDIANRIAS!

En el Procedimiento 2769 te piden que indiques Expone y Solicita:

  • En el Expone tienes que poner: Siendo docente del cuerpo......   desde el año ....... 
  • En el Solciita tienes que poner: SOLICITO que se tenga por presentado este escrito y que se proceda a adoptar resolución por la que se acuerde el ABONO DE LOS COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS ADEUDADOS DESCRITOS EN EL HECHO 2 DEL ESCRITO ADJUNTO, NO INCLUIDOS DE FORMA COMPLETA EN LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS DEVENGADAS, junto con el abono de los intereses legales correspondientes por el tiempo transcurrido desde la fecha en que dichos complementos debieron abonarse y el momento de su efectivo abono.

Una vez presentada la reclamación inicial, pueden darse dos situaciones:

  • Escenario 1 – Respuesta expresa: Si la Administración responde de forma explícita a la reclamación (resolución expresa concediendo o denegando la solicitud), es importante notificar dicha respuesta al sindicato. En caso de que la respuesta sea negativa o no satisfaga plenamente lo solicitado, ANPE-FSES Murcia proporcionará instrucciones y asistencia para presentar el recurso administrativo (fase 2).
  • Escenario 2 – Sin respuesta (silencio administrativo): Si transcurren 3 meses y 1 día desde la presentación de la reclamación sin que se haya recibido respuesta alguna, se considera que esta ha sido desestimada por silencio administrativo. En este caso, igualmente se deberá poner en conocimiento del sindicato para preparar la interposición del recurso en vía administrativa (fase 2).

 

Fase 2: Recurso Administrativo

Si la reclamación inicial es desestimada (ya sea mediante resolución expresa denegatoria o por silencio), procede iniciar la segunda fase: la interposición de un recurso administrativo. El tipo de recurso dependerá de la vía procedimental (por regla general, se trataría de un recurso de alzada dirigido a la autoridad administrativa superior correspondiente). ANPE-FSES Murcia también facilitará a los afiliados un modelo de recurso para esta fase.

Tras presentar el recurso administrativo, nuevamente pueden presentarse dos escenarios:

  • Escenario 1 – Respuesta al recurso: Si la Administración resuelve expresamente el recurso (estimando o desestimando las pretensiones planteadas), deberá comunicarse dicho resultado al sindicato. Si la resolución continúa siendo negativa (desestimación del recurso), se valorará entonces acudir a la vía judicial (fase 3).
  • Escenario 2 – Silencio en el recurso: Si transcurren nuevamente 3 meses y 1 día sin respuesta al recurso administrativo, este se entenderá también desestimado por silencio administrativo. Llegados a este punto, el afiliado deberá informar de ello al sindicato para iniciar los trámites de la vía contencioso-administrativa (demanda judicial, fase 3).

Fase 3: Vía Judicial (Contencioso-Administrativa)

En caso de que la vía administrativa no proporcione una solución favorable (esto es, si tras el recurso la Administración sigue sin reconocer el derecho reclamado), se pasaría a la instancia judicial. Esta fase 3 consiste en presentar una demanda ante la jurisdicción contencioso-administrativa competente.

 

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